
Visitante
Vengo de paso
Actividad temporal, sin intención de establecer domicilio (art. 23).
- Turismo
- Negocios
- Estudiante
- Nómada digital
- Rentista
- Tratamiento médico
Guía migratoria · Colombia 2026
Visas de visitante, migrante y residente, incluida la visa de cónyuge o compañero permanente. Qué visa te corresponde, qué documentos necesitas, cuánto cobra el Gobierno y cómo llegar a la residencia.
Andrés Felipe Rodríguez AcuñaAbogado migratorio · Frontera Legal
Antes de reunir un solo papel, responde esto: ¿vienes por un tiempo, te quedas unos años o te quedas para siempre?

Vengo de paso
Actividad temporal, sin intención de establecer domicilio (art. 23).

Me quedo unos años
Establecerse temporalmente en Colombia. Vigencia de hasta 3 años (art. 64).

Me quedo para siempre
Establecerse de forma permanente (art. 85). Permiso abierto de trabajo, salvo pensionados (art. 87). Traspaso cada 5 años (art. 86).
Todas las visas permiten múltiples entradas y salidas (art. 27). La solicitud es en línea: si estás en Colombia con situación regular la estudia la oficina de Bogotá; si estás afuera, el consulado (art. 8).
Arma tu expediente aquí mismo: marca cada documento a medida que lo tengas.
Para el extranjero casado con un ciudadano colombiano que quiere convivir con su pareja en Colombia (art. 67).
Cancillería puede pedir más pruebas de la relación o citar a la pareja a entrevista presencial, virtual o telefónica.
Para el extranjero que tiene unión marital de hecho con un ciudadano colombiano (art. 68).
Cancillería puede pedir más pruebas de la relación o citar a la pareja a entrevista presencial, virtual o telefónica.
| Cónyuge | Compañero permanente | |
|---|---|---|
| Prueba del vínculo | Registro civil de matrimonio colombiano | Escritura, sentencia o acta de conciliación |
| Antigüedad mínima | No se exige | Más de 1 año formalizada |
| Vigencia máxima | 3 años | 1 año |
| Años para pedir la R | 3 años | 5 años |
La visa R por tiempo acumulado se pide después de tener visas M de forma continua (art. 90, modificado por la Res. 10434 de 2023).
Sin huecos. La continuidad solo cuenta si la nueva visa se expide antes de que venza la anterior.
El salvoconducto no suma tiempo para la residencia.
Cumplir el tiempo no garantiza la R: Cancillería conserva su facultad de estudio (art. 90, par. 2 y 3).
Todo documento debe tener máximo 3 meses de expedido (art. 20) y, si viene del exterior, apostilla o legalización y traducción oficial al español (art. 21).
Pasaporte con 6+ meses de vigencia, foto a color con fondo blanco (máx. 300 KB), último sello de entrada o salvoconducto y los documentos de tu categoría.
En la plataforma de visas de Cancillería (art. 24). La información inexacta es causal de negación o inadmisión.
Tienes 10 días calendario. Si no pagas, se entiende que desististe (art. 11).
Hasta 30 días calendario desde que la solicitud está completa y pagada (art. 13).
Solo si te aprueban. Si la visa dura más de 3 meses, sigue la cédula de extranjería.
Cancillería cobra dos valores: el estudio de la solicitud y la expedición de la visa. Elige tu visa y mira el total.
Valor por solicitante. No incluye apostillas, traducciones, notaría, certificados ni honorarios.
| Visa | Estudio | Expedición | Total |
|---|---|---|---|
| V · Turismo | USD 56 · EUR 44 | USD 82 · EUR 63 | USD 138 · EUR 107 |
| V · Estudiante | USD 16 · EUR 12 | USD 51 · EUR 40 | USD 67 · EUR 52 |
| V · Nómada digital | USD 56 · EUR 44 | USD 183 · EUR 141 | USD 239 · EUR 185 |
| V · Rentista | USD 56 · EUR 44 | USD 183 · EUR 141 | USD 239 · EUR 185 |
| V · Negocios | USD 56 · EUR 44 | USD 258 · EUR 198 | USD 314 · EUR 242 |
| M · Cónyuge de colombiano | USD 56 · EUR 44 | USD 279 · EUR 191 | USD 335 · EUR 235 |
| M · Compañero permanente | USD 56 · EUR 44 | USD 279 · EUR 191 | USD 335 · EUR 235 |
| M · Padre o madre de colombiano | USD 56 · EUR 44 | USD 279 · EUR 191 | USD 335 · EUR 235 |
| M · Trabajador | USD 56 · EUR 44 | USD 279 · EUR 191 | USD 335 · EUR 235 |
| M · Pensionado | USD 56 · EUR 44 | USD 279 · EUR 191 | USD 335 · EUR 235 |
| R · Residente por tiempo acumulado | USD 56 · EUR 44 | USD 408 · EUR 314 | USD 464 · EUR 358 |
| Traspaso de visa | USD 56 · EUR 44 | USD 56 · EUR 42 | USD 112 · EUR 86 |
Fuente: Cancillería de Colombia, “Costos, pagos y oficinas de trámite”, consultado el 5 de noviembre de 2026. Las tarifas cambian; verifica el valor al momento de pagar.
Si tu visa dura más de 3 meses, inscríbete en el Registro de Extranjeros de Migración Colombia y saca tu cédula (Decreto 1067 de 2015). Exentas, entre otras, las V de turismo, negocios y eventos (art. 118).
Con permiso abierto de trabajo, informa a Migración Colombia cualquier cambio de actividad dentro de los 15 días calendario siguientes (art. 119).
La visa M se pierde si sales más de 180 días continuos por año de vigencia (art. 65). La R, con 2 años consecutivos fuera (art. 88).
Divorcio, separación o fin de la convivencia terminan la visa M (art. 109). Tienes 30 días calendario para salir o pedir otra visa (art. 111).
Tres: Visitante (V), Migrante (M) y Residente (R), cada una con sus categorías (art. 22 de la Resolución 5477 de 2022).
Según la Cancillería, 56 USD de estudio y 279 USD de expedición: 335 USD en total (44 + 191 EUR en Europa y Cuba).
Hasta 3 años (art. 67). Permite trabajar en cualquier actividad lícita y sumar tiempo para la residencia.
La unión debe llevar más de un año formalizada al pedir la visa (art. 68). Se otorga hasta por 1 año.
Tras 3 años continuos con visa M de cónyuge. Con visa de compañero permanente, 5 años (art. 90).
Sí. Es en línea y, si estás con situación migratoria regular, la tramita la oficina de Bogotá (art. 8). Mantén tu situación regular durante todo el trámite.
Hasta 30 días calendario desde que la solicitud está completa y el estudio pagado (art. 13).
El valor del estudio no se devuelve. La expedición solo se paga si la visa es aprobada. Por eso conviene presentar bien la solicitud desde el principio.
Nuestra recomendación
Cancillería decide cada visa con facultad discrecional: aunque tengas todos los documentos, puede pedirte más pruebas, citarte a entrevista, inadmitir o negar la solicitud. Y si te la niegan, el estudio no se recupera.
Por eso te recomendamos contratarnos: seguimos de forma constante cómo Cancillería aplica su facultad discrecional en casos reales y preparamos tu solicitud con ese conocimiento, para que llegue completa, coherente y bien sustentada. Atendemos virtualmente desde cualquier país y en nuestra oficina de Bogotá.



Esta guía es informativa y no reemplaza una asesoría jurídica. Cada caso depende de sus circunstancias y la Cancillería puede actualizar normas y tarifas.
Fuentes: Resolución 5477 de 2022 del Ministerio de Relaciones Exteriores (modificada por las Res. 10434 de 2023, 9316 de 2024 y 12509 de 2024); Decreto 1067 de 2015; cancilleria.gov.co. Foto de Monserrate: Felipe Restrepo Acosta, Wikimedia Commons, CC BY-SA 4.0.